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Ley General de Educación Superior: ¿cambios insuficientes?

Debo reconocer que, en materia educativa, el actual gobierno ha propuesto diversas formas de participación de los actores que son parte del Sistema Educativo Nacional, pero también, de aquellos que no lo son o que no forman parte de éste. A mi juicio, este es un ejercicio que vale la pena rescatar, dado que los foros de consulta (y los parlamentos abiertos) que se han desarrollado en nuestro país, con la finalidad de que los ciudadanos presenten propuestas que pueden o no ser incluidas en las leyes secundarias o en un ordenamiento legal superior, ha permitido observar las múltiples realidades que vive México, repito, en el ámbito educativo.

Esto viene a colación, por los Foros Estatales de Consulta del Anteproyecto de la Ley General de Educación Superior que se vienen realizando en el país puesto que, como se sabe, en próximas fechas, se estarán sometiendo a consideración del legislativo, las propuestas que de éstos surjan.  Hasta el momento en que cierro estas líneas se han realizado 25 foros, mismos que han contado con la participación, a decir de la Secretaría de Educación Pública (SEP), de 5 mil 890 actores, provenientes de mil 184 instituciones de educación superior (SEP, 2019).

Insisto, nada más interesante que este ejercicio; no obstante, vienen a mi mente algunas dudas que, desde el momento en que se realizaron los Foros de Consulta para lograr un Acuerdo Nacional sobre Educación, formulé y di a conocer en este y otros espacios: ¿cuál es el procedimiento analítico que se sigue para desmembrar todos los datos con la idea de agruparlos, clasificarlos o categorizarlos?, ¿quién es la instancia responsable de este procesamiento de la información?, ¿cuál es el criterio que se emplea para determinar qué propuesta se incorpora y cuál no? Entre otras. Interesantes cuestionamientos que, de nueva cuenta, dejo a ustedes con la intención de que, ojalá algún día, encuentren respuestas.

Ahora bien, por lo que respecta al Anteproyecto de la Ley General de Educación Superior (LGES) que se está consultando, observo varias insuficiencias. Destacaré dos: la conformación del Consejo Nacional de Autoridades de Educación Superior (CONAES) planteado en el artículo 37º; y la enorme y profunda contradicción que han sufrido, sufren y sufrirán las escuelas normales e instituciones formadoras de docentes, artículos 26º al 30º. Veamos.

En 2004 se creó el Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU); esto, con el propósito de fortalecer los esquemas de coordinación para la planeación y toma de decisiones por los gobiernos, federal y estatales, para el desarrollo del Sistema Educativo Nacional y, en particular, de la educación superior, buscando también incidir, en el mejoramiento de la educación media superior. Como se sabe, en dicho consejo participan (solamente) las autoridades, federal y estatales. De ahí que, de ese tiempo a la fecha, se supone, estos actores han tomado decisiones que, de alguna forma, han impactado en la educación que se imparte en nuestro país. En este sentido, habría que preguntarse si, como suele suceder, dichas autoridades, cumplen o han cumplido con ese propósito, es decir, tomar decisiones que puedan beneficiar todo aquello relacionado con la educación en sus respectivas entidades. Esto, porque como parece obvio, cada autoridad educativa (nombrada cada sexenio a nivel federal o estatal), obedece a políticas claramente definidas por el gobierno federal en turno, pero también, a las que le mandata el gobernador de su estado. 

Así, desde la conformación del CONAEDU, ¿cómo estamos? Pregunta interesante porque, para acabar pronto, los resultados ahí están, a la vista de todos y, desafortunadamente, no son muy halagadores que digamos. Al respecto, ¿sabe usted lo que hacen las Comisiones Estatales para la Planeación de la Educación Superior (COEPES) que precisamente se constituyeron para apoyar este propósito? Y si lo sabe, ¿conoce usted sus propuestas en materia educativa y los resultados que han obtenido en cada una de las entidades federativas a las que pertenecen?

En consecuencia, pensar en la conformación de un CONAES, así como está propuesta en el Anteproyecto de la Ley General de Educación Superior, es insuficiente. La experiencia nos dice que, toda autoridad educativa obedece a interés políticos más que educativos y, en consecuencia, en dicho consejo deberían considerarse, además del Titular de la Subsecretaría de Educación Superior de la SEP y de los Secretarios de Educación de los estados, a rectores, académicos, investigadores, estudiantes; en fin, a diversos representantes de las comunidades de las IES que las integran. ¿Es útil, para los efectos que se piensa, tener una CONAEDU “pequeñita” en educación superior?

Por lo que respecta al tema de las normales e instituciones formadoras de docentes, el punto es muy claro: son IES pero sin que se les conciba como IES. Y es que mientras el artículo de 15º del referido anteproyecto no aparecen estas instituciones como parte del Sistema Nacional de Educación Superior (no así el Consejo Nacional de Autoridades Educativas de Educación Normal que sí aparece como tal), del artículo 26º al 30º, se les considera como Subsistema “de escuelas normales e instituciones de formación docente”. ¿La diferencia entre las universidades y éstas? Al parecer, tiene que ver con el tema de la autonomía. Menuda situación es ésta porque, independientemente de que las normales y las instituciones formadoras de docentes desarrollen las tres áreas sustantivas que como IES les compete desarrollar (docencia, investigación y extensión), la verdad de las cosas es que, derivado de la reforma a la reforma educativa (artículos 3º, 31º y 73º constitucionales) aprobada hace unos meses, y de lo que se lo aprobó en esta misma instancia en las Leyes Secundarias (Ley General de Educación, Ley General para el Sistema de Carrera de las Maestras y los Maestro y Ley Genera de Mejora Continua de la Educación), hoy por hoy, esas normales y esas instituciones formadoras de docentes, siguen perdidas en el limbo jurídico y administrativo, hecho que representa un desacierto por parte de la política educativa mexicana del gobierno en turno. Sí, otra insuficiencia.

Resta mencionar pues, que con estas breves pero concisas ideas, seguro estoy, en los próximos días, será aprobada la Ley General de Educación Superior. Desafortunadamente, aunque los tiempos y la coyuntura política nos permitía vislumbrar un escenario (horizontal) diferente para las IES, el verticalismo seguirá latente, aún y cuando sus resultados no han sido los esperados desde hace ya, varios años.

Referencias bibliográficas: 

  • Aboites, H. (7/12/2019). Ley General de Educación Superior. La Jornada.

Recuperado de: https://www.jornada.com.mx/2019/12/07/opinion/018a2pol?fbclid=IwAR3C4cz1ika6dj30U-tIzcpABG5L19woHyfq3VrLjhWYeJjHVPktmXcwi1Y

  • Moreno, C. y Muñoz, C. (9/10/2019). Una ley de educación superior en México, ¿para qué? Nexos Educación.

Recuperado de: https://educacion.nexos.com.mx/?p=1959

  • Poy, L. (27/11/2019). Nueva ley de educación superior busca eliminar clientelismo. La Jornada.

Recuperado de: https://www.jornada.com.mx/2019/11/27/sociedad/035n2soc?fbclid=IwAR2Cc4-qFwgUywkcQ7LLACSRkxYSf6tkwh1AzTAv957ofenlMt_EIoBxNGo

  • Rodríguez, R. (4/12/2019). Hacia la Ley General de Educación Superior. Educación Futura.

Recuperado de: https://educacion2.rmb.mx/hacia-la-ley-general-de-educacion-superior/

  • SEP (2019). Boletín No. 244. Continúan los foros de consulta del anteproyecto de la Ley General de Educación Superior.

Recuperado de: https://www.gob.mx/sep/articulos/boletin-no-244-continuan-los-foros-de-consulta-del-anteproyecto-de-la-ley-general-de-educacion-superior

  • Ley para la Coordinación de la Educación Superior

Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/182.pdf

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