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Autonomía y leyes orgánicas: El turno de Guanajuato

A través de su historia, la UG no ha estado exenta de reformas e intentos de reforma a su normativa

Da la impresión de una tendencia el que desde la representación legislativa del partido Morena se busque la modificación de las leyes orgánicas de universidades autónomas. En este espacio nos hemos referido a los casos recientes de la Universidad Autónoma del Carmen y de la UNAM. A ellos debemos agregar una nueva iniciativa que pretende modificar la norma orgánica de la Universidad de Guanajuato (UG), también autónoma, para cambiar la forma en que son electas las autoridades de esa institución.

La UG fue establecida en 1945, con sede en la ciudad del mismo nombre, y tiene como antecedentes el Colegio de la Purísima y el Colegio del Estado de Guanajuato, instituciones que en siglo XIX y en parte del XX ofrecieron estudios de bachillerato y algunas carreras profesionales en la entidad. En 1994 fue decretada la autonomía de la institución, cuando era rector Juan Carlos Romero Hicks y gobernador del estado Carlos Medina Plascencia.

La preparación de la propuesta legal que dio la autonomía a la UG inició un año antes, cuando en el Consejo Universitario se propuso avanzar en esa dirección. En mayo de 1993 se estableció para el efecto una comisión que se encargaría del proyecto, además se determinó que previamente se llevara a cabo una consulta en la comunidad para recoger propuestas. En el segundo semestre del año se realizaron varios foros y otros actos académicos que dieron lugar a más de un millar de propuestas, con base en las cuales la comisión de normatividad elaboró un anteproyecto. Con el respaldo del gobernador del estado, la iniciativa fue entregada a la LV legislatura local y se aprobó el 11 de mayo de 1994.

En materia de órganos de gobierno, la ley de 1994 incluyó a los siguientes: el consejo universitario; el colegio directivo; el rector; los consejos académicos de área; las academias; los directores de unidades académicas y el patronato. El colegio directivo, encargado del nombramiento de autoridades, fue integrado por siete miembros del personal académico, designados por el consejo universitario y que durarían en su cargo cinco años. Para el rector se dispuso que su periodo fuera de cuatro años, con un posible periodo adicional.

Desde entonces, la ley orgánica de la UG ha tenido varias reformas, algunas de detalle y otras de fondo. En 2007 se decretó una reforma mayor, cuyo objetivo fue ajustar la ley a la reforma académica y administrativa emprendida durante el rectorado de Sebastián Sanzberro Lastiri (2003-2011). En 2005 el consejo universitario aprobó la “Propuesta de Reforma Académico Administrativa” presentada por la rectoría y autorizó que se elaborase, con base en dicha propuesta de reforma, una “Propuesta de Proyecto de Ley Orgánica”.

El borrador del proyecto fue sometido a consulta en los consejos académicos por área así como a la comunidad universitaria. Con modificaciones derivadas de la misma fue sometido al consejo universitario en 2006 y resultó aprobado con una gran mayoría de votos favorables. El proyecto se trasladó, vía el gobernador del estado, en ese momento el ex rector Juan Carlos Romero Hicks, a la legislatura guanajuatense y resultó aprobado.

En materia de gobierno, lo principal de la reforma de 2007 fue otorgar la atribución al consejo universitario para determinar la organización académica de la universidad, e indicar que sería el Estatuto Orgánico la norma que definiera el proceso de elección de autoridades de las nuevas unidades académico-administrativas que se crearan a través de la reforma institucional. Además, se modificó la composición del consejo directivo con la adición de dos miembros externos.

En 2016, a iniciativa de la UG se aprobó una reforma relevante, correspondiente al órgano interno de control de la institución. Lo más relevante de la misma es el contenido del artículo 61 Bis, que indica que “la designación del titular del Órgano Interno de Control se hará mediante la elección de una terna que derivará de consulta pública realizada por el Consejo General Universitario, cuyas bases serán publicadas en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado además de la amplia difusión en el portal de internet de la Universidad, y periódicos de mayor circulación. Lo anterior apegándose a los principios de equidad, oportunidad, transparencia, imparcialidad y honradez.”

Por último, en 2018 se autorizó, por el legislativo estatal, una nueva reforma de fondo que, en esencia, plasma en la norma orgánica de la UG los cambios derivados de la reestructura institucional y académica implantados con posterioridad a la reforma de 2007. En materia de gobierno se modificó el nombre del consejo directivo por junta directiva y, de nueva cuenta, se modificó su integración, esta vez por once miembros electos por el consejo general universitario, de los cuales ocho adscritos a la universidad y tres externos. Además, se redujo de cinco a dos años su periodo en el órgano colegiado. En réplica al estatuto orgánico, se facultó a la nueva junta de gobierno la designación, además del rector, de los rectores de campus, del Colegio del Nivel Medio Superior y de los directores divisionales.

Hace una par de semanas se propuso una nueva reforma. No por la universidad, como en los casos anteriores, sino por uno de los legisladores de la fracción parlamentaria de Morena en el congreso guanajuatense. La propuesta del diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo consiste, básicamente en que tanto el rector general como los rectores de campus sean electos mediante el sufragio universal, libre, secreto y personal de los miembros de la comunidad universitaria, conforme al procedimiento que establezca el máximo órgano colegiado, y que además se garantice la paridad de género en esos cargos mediante la alternancia en cada proceso.

La propuesta es prácticamente imposible que transite. En primer lugar, porque no se ajusta a lo dispuesto por la Constitución y la Ley General de Educación Superior. En segundo lugar, porque en Guanajuato la diputación de Morena es minoría. La cuestión es ¿por qué se insiste en esta vía a sabiendas que es ilegal?

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